Otros casos de negligencias que nos encontramos habitualmente en nuestro despacho son las Negligencia médica en anestesia y reanimación.
Aquí nos encontramos con dos figuras de especial importancia a la hora de tratar a un paciente:
- La primera, la anestesia, sirve para adormecer alguna zona del paciente (o a todo éste) y cuyas propiedades analgésicas permiten interrumpir cualquier dolencia que sufra el paciente, o que vaya a sufrir durante la intervención que se le va a realizar
- La técnica de reanimación, por el contrario, es un procedimiento médico llevado a cabo en situaciones de emergencia en las que el corazón o los pulmones cesan su funcionamiento, ya sea después de un accidente o durante una operación.
Las dos, si bien tienen sus divergencias, pues una ha de ser aplicada según la gravedad, la otra con la mayor agilidad posible; las dos tienen un elemento común, y es su imperiosa necesidad en el caso de requerirlas puesto que de su correcta aplicación puede pender la salud, y, en palabras mayores, la vida de un paciente.
Negligencia médica en anestesia
Así pues, en lo que a la anestesia respecta, el profesional debe asegurarse de que los elementos que utiliza estén bien esterilizados, que su contenido no es peligroso, o que el paciente no padece ningún tipo de alergia con respecto al contenido de ésta.
Para garantizar la total seguridad del paciente, el profesional sanitario, en el historial clínico de su paciente, deberá hacer constar un minucioso informe de todo el procedimiento aplicado durante la aplicación de la anestesia, el cual debe contener:
- el preoperatorio,
- la hora de comienzo y fin de la anestesia,
- la descripción de la anestesia / medicación administrada especificando:
- dosis
- vía
- pauta
- las características de la ventilación mecánica,
- la gráfica de constantes durante la intervención,
- las incidencias (en el caso de haberlas)
- estado clínico del paciente durante y al finalizar la intervención.
Este documento debe haber sido firmado y fechado por el especialista anestesista; siendo exigible su cumplimentación cuando se trate de procesos de hospitalización o así se disponga.
Ya son muchos los casos que hemos contemplado en anteriores apartados (Leer: Contagiados por hepatitis C en hospitales y clínicas), según los cuales la falta de asepsia en los hospitales, y en especial en el material utilizado, como puede ser en este caso de las jeringuillas que en muchas operaciones se utilizan para aplicar la anestesia, el paciente se puede ver expuesto a un sinfín de infecciones entre las cuales destacan hongos y enfermedades típicamente venéreas como lo son el SIDA (VIH) o la Hepatitis C (VHC).
Caso de Negligencia médica en anestesia y reanimación
Desde el despacho hemos llevado casos en los que es el propio contenido de la anestesia el que perjudica al paciente, ya sea porque el contenido es peligro, o porque el paciente es alérgico a algún elemento contenido en la anestesia.
Destacamos un caso que llevamos en el cual nuestro cliente sufrió una inflamación en una de sus rodillas antes de la intervención, que obstruye gravemente su movilidad; y cuya causa se debió a un exceso de bicarbonato sódico en la epidural que se le debía administrar para calmar los dolores ligados a su intervención.
Asimismo otro de los problemas más comentado en la jurisprudencia nacional en materia de responsabilidad civil del anestesista (y también de los especialistas en reanimación) es su ausencia en quirófano en el momento de la intervención, lo cual propició el sufrimiento del paciente, y se incurre en un imprudencia temeraria que puede derivar en serios daños para el perjudicado.
Es por tanto deber el paciente suministrar al médico la pertinente información con respecto a las alergias que pueda padecer; y del médico el asegurarse que la anestesia no contiene algún elemento alérgeno o que pueda perjudicar seriamente al paciente.
Negligencia médica en reanimación
El caso de la reanimación trata de una manera similar, si bien su aplicación ha de ser más directa que el caso de la anestesia puesto que su imprevisibilidad requiera una rápida y correcta respuesta por parte del sanitario. Una respuesta tardía o mal aplicada, incluso innecesaria (por mucho que el sanitario lo crea conveniente) puede provocar serios daños en la salud del paciente.
Como hemos podido comprobar en la reiterada jurisprudencia, de la cual me gustaría citar la STS, EN SU SALA 3ª, DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, DE 26 DE MARZO DE 2012 (nº de RECURSO 3531/2010, destacamos la importancia, por parte del sanitario encargado de la intervención, de tener a buen recaudo unas hojas de Reanimación en las cuales especifique al detalle el procedimiento llevado a cabo durante la reanimación con el fin de comprobar, a través de la correspondiente pericia, si la metodología llevada a cabo se siguió en base a la lex artis o si por el contrario pudo mediar algún tipo de mala praxis por parte del médico (falta de práctica, desconocimiento de maniobra, aplicación extra de fuerza,…) o del material empleado (desfibrilador,…), así como una hoja de evolución tras la aplicación de la maniobra.
Esta documentación debe estar también en poder del paciente, para, con el consentimiento informado, y el historial médico que este pueda aportar, permitan determinar, mediante pericia forense, si el procedimiento se ajustó a la situación y al paciente.
Citar como ejemplo la STS Nº 1351/2002, SALA 2ª, DE LO PENAL, 19 DE JULIO DE 2002 por la cual se desestimo el recurso de casación de una doctora acusada y condenada en sentencia anterior del homicidio por imprudencia de una paciente tras haber acatado mal las instrucciones posteriores a la realización de una maniobra de reanimación.
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