En este artículo, hablaremos de qué hacer ante una negligencia médica, cómo proceder y cuando contactar con un abogado experto.
Lo más importante ante todo es denunciar.
Se cuenta por cientos el número de pacientes y familias perjudicadas por alguna negligencia médica que no denuncian, bien por falta de fondos, bien por falta de tiempo, o bien por, y no es del todo raro, miedo,… sin darse cuenta que su aviso puede ayudarles, no solamente a ellos, puesto que su forma de vida se ha visto perjudicada por una serie de malas decisiones llevadas a cabo por personas a las que habían puesto su vida o salud en su manos; sino también a alertar a otras personas, potenciales pacientes que desconocen los riesgos, así como a las propias instituciones para que mejoren sus entandares de control o regulación en un ámbito tan arriesgado como es el sanitario.
Si finalmente el perjudicado se decide a reclamar una posible mala praxis realizada hacía su persona, o la de algún familiar, deberá aportar toda la documentación médica pertinente de su caso, por poca importancia que el perjudicado crea que ésta tenga.
Se deberán pedir en todo momento copias de todo documento médico, por mucho que cueste conseguirlo.
Asimismo reiteramos la importancia de llevar a cabo un proceso fotográfico diario de una lesión, para comprobar su evolución, así como detectar posibles secuelas.
Igual de importante es la realización de la opinión de un experto, por lo que el perjudicado debería realizarse el correspondiente examen pericial de la mano de un experto médico que pueda analizar la gravedad de las secuelas, así como cuantificar la reclamación que se podría exigir al responsable.
Para facilitarle un perito, el individuo deberá contactar lo antes posible, dada la importancia que tienen los primeros momentos la lesión para el cómputo de plazos, con un despacho de abogados especialistas en negligencias médicas para que le puedan orientar y aconsejar de una manera más profesional y ordenada al perjudicado.
Otro de los mayores lastres en la defensa de los perjudicados por negligencias médicas es que en España no existe un recuento o registro de los sucesos que iremos relatando a lo largo del siguiente artículo, y ello dificultad en gran parte nuestra labor, puesto que nos obliga a ir caso por caso, lo que retrasa la consecución de objetivos por nuestra parte.
Una ayuda por parte de la Administración estatal sería necesaria para permitir una mejor coordinación con los organismos sanitarios para esclarecer los principales puntos negros del sector médico español, aunque ello a día de hoy se esté viendo truncado por algunas decisiones perjudiciales para la mejora sanitaria, en gran parte debido al aumento de recortes en el sector, como puede ser la disminución de camas, la falta de especialistas, la ausencia de refuerzos en periodos especiales como vacaciones o épocas de epidemias de gripe, recortes vistos como formas de ahorro, que si bien salvan dinero para la Administración, no podemos decir lo mismo de la salud de muchos de los pacientes que día a día la ponen en manos de un personal teóricamente cualificado para sanar sus males.
Indemnización por negligencia médica
Pero lo que creemos que realmente le interesa al perjudicado es ¿qué se debe o se puede indemnizar?
Aquí aparecen 2 grupos:
Por un lado los DAÑOS MATERIALES, entre los que encontramos:
- Daño Emergente: Donde aparecen todos los gastos soportados por la víctima a causa de la negligencia médica padecida, donde se tiene en cuenta tanto los gastos que se llevan tanto en momento presente, como a largo plazo, es decir en el caso de que la situación padecida a causada por la negligencia necesitase algún tipo de operación para remediar el daño, posibles gastos de rehabilitación,…
- Lucro Cesante: A través de la cual se compensara al perjudicado por la negligencia una posible pérdida de la situación y capacidad económica derivada por el daño causado.
Por otro lado nos encontramos con los DAÑOS PERSONALES, entre los que aparecen:
- Lesiones Permanentes: Deberán indemnizarse cualquier lesión estabilizada o secuelas, fruto de la negligencia médica.
- Daño Moral: Aquí nos encontramos con los padecimientos infligidos a la víctima por el daño causado, en tanto en cuanto la persona puede haber necesitado ayuda psicológica para curar su estado mental, deteriorado por el sufrimiento padecido tras la intervención dañosa.
Debemos resaltar que pueden ser beneficiarios los familiares, pues a ellos también se les debe la consideración de víctimas colaterales del daño padecido por el perjudicado.
Jurisprudencia al reclamar una indemnización por negligencia médica
Hay que recalcar que la jurisprudencia ha determinada en reiteradas sentencias, entre la que destacamos la STS nº 776/2013, SALA 1ª, DE LO CIVIL, de 16 DE DICIEMBRE DE 2013, que únicamente se podrían englobar en este apartado los perjudicados (o familiares de un perjudicado) por algún tipo de incapacidad, por los gastos que muchas veces que lleva para facilitar la vida a las personas; aunque en los últimos años cada vez se tiene mas en cuenta el daño de familiares en casos de pérdida de la persona por fallecimiento.
- Incapacidad Temporal: Aquí se debe cuantificar la indemnización en base al tiempo en que el individuo perjudicado ha tardado en curar o estabilizar las lesiones provocadas por la mala praxis instada por el profesional sanitario.
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Ante una negligencia no debemos quedarnos quietos y mucho menos si el fallo ha sido de suma importancia y gravedad. El fallo médico por una mala praxis no debe quedar impune y denunciarse. Muy buen artículo, gracias por el aporte! Saludos
Gracias por el comentario, Aurora!